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unidad:AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
 
año:2007
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PGA-12 (372) -3- 20/03/2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 372 20 de marzo, 2007 FOE-PGA-12 Ingeniero José Fco. Mattey Fonseca Presidente Junta Directiva Parque Nacional Playas De Manuel Antonio Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio en relación con la adquisición de bienes y servicios por los fideicomisos constituidos con recursos públicos y en particular, si les resultan aplicables los procedimientos de contratación administrativa o en su defecto, únicamente los principios de contratación. Según lo expuesto en la solicitud de criterio planteada a esta Contraloría General de la República, la unidad de asesoría legal del Fideicomiso del Parque Nacional Playas de Manuel Antonio, considera que de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, N° 8131 del 16 de octubre del 2001, a los fideicomisos que administran fondos públicos les resulta de aplicación los procedimientos de contratación administrativa para la adquisición de bienes y servicios, pues según su interpretación dicho numeral está referido a los instrumentos que regulan en detalle los procedimientos que deben observar los órganos y entidades públicas dentro de las que se incluyen los fideicomisos. Con fundamento en ello no concuerda con lo indicado por la Procuraduría General de la República y esta Contraloría General, en cuanto que al ser los fideicomisos figuras esencialmente reguladas por el Derecho Privado no deben ajustarse a los procedimientos ordinarios de contratación para la realización de las contrataciones de su interés, sino únicamente a los principios generales que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. Al respecto, esta Área de Fiscalización emite criterio en el siguiente ...
Fecha publicación: 25/03/2007
Fecha emisión: 19/01/2007
Institución: FIDEICOMISO PARQUE RECREATIVO NACIONAL PLAYAS DE MANUEL ANTONIO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales PGA-100. -2- 20/03/07 Al contestar refiérase al oficio Nº 2764 20 de marzo, 2007 FOE-PGA-100 Licenciada Guadalupe Ortiz Mora Presidenta Tribunal Registral Administrativo Estimada señora: Asunto: Aplicabilidad al Tribunal Registral Administrativo de la disposición contenida en el artículo 19, inciso c), de la Ley N° 8346 del 12 de febrero del 2003, denominada Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART). En relación con el oficio TRA-231-2006, mediante el cual se solicita criterio sobre la aplicabilidad al Tribunal Registral Administrativo de la disposición contenida en el artículo 19, inciso c), de la Ley N° 8346 del 12 de febrero del 2003, denominada Ley Orgánica del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), se indica lo siguiente. 1°) El artículo 19 de la Ley N° 8346 dispone: “Artículo 19.—Financiamiento. El SINART, S. A., se financiará de la siguiente manera: a) Por las partidas que el Poder Ejecutivo le asigne en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República. / b) Mediante los ingresos y el rendimiento de las actividades que realice, la comercialización y las ventas de sus productos o espacios y la participación en el mercado de la publicidad. / c) La Asamblea Legislativa, la Defensoría de los Habitantes de la República, la Contraloría General de la República, las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas y demás entes menores, así como todas las instituciones y dependencias del Poder Ejecutivo, pautarán en el SINART, S. A., mediante la agencia de publicidad del SINART, S. A., creada en esta Ley, por lo menos el diez por ciento (10%) de los dineros que destinen a publicidad e información en radio, televisión u otros medios de comunicación. / d) Las donaciones o los aportes de persona ...
Fecha publicación: 23/03/2007
Fecha emisión: 06/02/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PAGE 3 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales FOE-PGA-99 3 19 03/2007 MEMORANDO FOE-PGA-99 Para: Licda. Adriana Pacheco Vargas, Fiscalizadora De: Máster José Roberto Brenes Chinchilla, Fiscalizador Asunto: Consulta sobre el proyecto de ley titulado “Reforma general a la Ley de armas y explosivos N° 7530” (número de expediente no indicado). Fecha: 19 de marzo, 2007 COMENTARIOS: 1) Sobre el artículo 7 (Autorización para donaciones). Se pretende autorizar a toda la Administración Pública para realizar contribuciones, patrocinios y donaciones “que coadyuven con la realización de este tipo de actividades”. La redacción es confusa, por cuanto no se señala las actividades a las cuales se refiere, no obstante, se deduce que son las indicadas en el numeral 6 (control y fiscalización). Por ende, la redacción debería ser corregida a fin de aclarar el aspecto señalado. Por otra parte, la terminología para referirse a los diferentes órganos y entidades que integran la Administración Pública es imprecisa, en virtud de lo cual, y dependiendo de como se interprete el término “institución” o “institución del Estado”, se podrían estar dejando por fuera de la pretendida cobertura de la norma a los Supremos Poderes, con excepción del Ejecutivo, o a las instituciones autónomas. Finalmente, la autorización que se pretende realizar resulta inocua, en tanto la disposición concluye señalando que las donaciones autorizadas son jurídicamente viables “...de acuerdo con el ordenamiento vigente y según lo que la ley autorice expresamente...” En virtud de lo cual, esta norma podría considerarse promotora de las contribuciones, patrocinios o donaciones que coadyuven al control y fiscalización de las armas y los explosivos por parte de la Cartera de Seguridad Pública y sus órganos especializados, pero no como una norma ...
Fecha publicación: 22/03/2007
Fecha emisión: 19/03/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASESORIAS INTERNAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PGA-76 -11- 9/03/2007 9 de marzo, 2007 FOE-PGA-76 Licenciado German Brenes Roselló Gerente Asociado División de Asesoría y Gestión Jurídica Licenciado Luis Fernando Jara Villalobos Fiscalizador División de Asesoría y Gestión Jurídica Estimados señores: Asunto: Criterio técnico para resolver recurso de apelación de precio ruinoso interpuesto contra el acto de adjudicación de la Licitación Pública No. 2006LN-000025-PROV promovida por el Poder Judicial. El presente análisis corresponde a la gestión No. 2007000504, mediante la cual se solicita a ésta Área de Fiscalización el criterio para determinar la ruinosidad o no del precio cotizado por la empresa apelante en la contratación de servicios de vigilancia y seguridad en Licitación Pública promovida por Poder Judicial, en adelante PJ. 1. Supuestos del modelo. Seguidamente se exponen los supuestos principales del modelo, con el fin de construir las proyecciones relevantes sobre el costo mínimo que aseguraría que la utilidad de la contratación sea positiva, de acuerdo con la legislación laboral vigente y aplicable al presente caso. 1.1. Según el punto 1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN del Cartel de Licitación, el subpunto 1.3 resume que se requieren un total de 7 puestos de 24 horas de lunes a domingo durante todos los días del año y de 1 puesto de 10 horas diurnas de lunes a viernes, excluyendo para éste último puesto los días feriados de ley, así como los sábados y domingos, según consta en el folio No.108 del expediente. 1.2. El punto 1.4 establece que: “…Los puestos anteriormente descritos deberán estar cubiertos cada uno por una o varias personas según los roles y en jornadas de un máximo de 8 horas por jornada diaria de labores…”. Según lo anterior existiría un horario de 8 horas correspondiente a un horario ...
Fecha publicación: 12/03/2007
Fecha emisión: 01/02/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PGA-67 -2- 26/02/2006 26 de febrero, 2007 FOE-PGA-67 Lic. Javier Chinchilla Barquero Lic. Freddy Arias Chacón Fiscalizadores Area de Servicios Públicos Generales y Ambientales. Estimados señores: Asunto: Rendición de criterio sobre la naturaleza de los fondos que recauda la Asociación de los Nuevos Alquimistas a los voluntarios que colaboran en el proyecto de conservación de tortugas marinas. Según se desprende de la denuncia interpuesta por SITRAMINAE, la Asociación de los Nuevos Alquimistas (ANAI) cobra a los voluntarios dos cuotas por los siguientes conceptos:   * Por la inscripción  para realizar el voluntariado, el monto es de $35 y se paga por una única vez, de los cuales $8.50 se entregan a las    Asociaciones de Desarrollo y los $26.5 restantes se utilizan para la impresión de material que se entregará a los voluntarios en conjunto con la capacitación que se les brinda, relacionado con la manipulación de las torturas sus huevos y los neonatos y para otros gastos que tienen que sufragar ANAI. * ANAI recibe una cuota simbólica de 7.500 colones de los voluntarios a los que se les brinda hospedaje en las instalaciones de ANAI en Gandoca, dichas instalaciones cuentan con 14 camas de las cuales algunas son camarotes y se les brinda las tres comidas básicas que son desayuno, almuerzo y cena. En respuesta a la consulta debe señalarse en primer término que ANAI es una entidad de derecho privado constituida al amparo de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y según su propio pacto constitutivo, cuya copia se ha tenido a la vista, es creada sin fines de lucro y de carácter científico. Debe resaltarse el hecho de que la fuente de ingresos aplicados a sufragar los costos del proyecto de conservación o manejo de tortugas marinas no provien ...
Fecha publicación: 08/03/2007
Fecha emisión: 23/02/2007
Institución: ASOC SINDICAL DE TRABAJADORES DEL MIN DE AMBIENTE Y ENERGIA E INSTITUCIONES AFINES DE CONSERVACION
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ESTUDIOS ESPECIALES - DENUNCIAS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PGA-72 (2201) -7- 5/3/2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 2201 5 de marzo, 2007 FOE-PGA- 72 Licenciado Nelson Loaiza Sojo Director General Imprenta Nacional Estimado señor: Asunto: Respuesta a consultas sobre diversos aspectos vinculados con la prestación de bienes y servicios por parte de la Imprenta Nacional. En relación con los oficios y los acuerdos infracitados, mediante los cuales se plantean consultas sobre diversos aspectos vinculados con la prestación de bienes y servicios por parte de la Imprenta Nacional, se indica lo siguiente . I. Procedencia de que la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional autorice la exoneración de determinados trabajos de impresión o publicaciones en aras de fomentar la cultura y la educación Nacionales. Se anexa a la consulta el oficio AJ-021-05, correspondiente al criterio jurídico que acompaña la consulta examinada, el cual señala a modo de conclusión: “En virtud de las consideraciones precedentes, en el caso concreto de nuestra Institución, esta Asesoría Jurídica –salvedad hecha de las excepciones citadas- no encuentra fundamento legal, ni en su ley N° 5394 ni en otra legislación, que faculte a la Junta Administrativa para autorizar exoneraciones en los trabajos de impresión o publicaciones que realice.” La Contraloría General considera igualmente que la Imprenta Nacional carece de una norma legal que la habilite para exonerar los costos de las publicaciones que realiza. En tal sentido, el artículo 2 de la Ley de creación de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional (N° 5394 del 5 de noviembre de 1973 y sus reformas), establece que los fines fundamentales de ese órgano son: “a) Proteger y conservar los bienes de la Imprenta Nacional y velar por su mejoramiento; b) Administrar los fondos específ ...
Fecha publicación: 08/03/2007
Fecha emisión: 02/03/2007
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales PGA-36 (1005) -2- 6/02/2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 1005 06 de febrero, 2007 FOE-PGA-36 Máster Milagro Chaves Barrantes Auditora General Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto Estimada señora: Asunto: Respuesta a consultas referentes a la presentación del informe de fin de gestión establecido en el artículo 12, inciso e), de la Ley general de control interno. En relación con el oficio N° 053-2006/AG, mediante el cual se plantean consultas referentes a la presentación del informe de fin de gestión establecido en el artículo 12, inciso e), de la Ley general de control interno, se indica lo siguiente. 1. Se señala en la nota de consulta que las interrogantes planteadas surgen de un estudio especial que lleva a cabo esa Auditoría “así como de consultas recibidas de la Administración”. 2. De previo a dar respuesta a las preguntas concretas que se plantean, debe reiterarse la necesidad de que, en virtud de la labor de asesoría que debe llevar a cabo la Auditoría Interna en materia de su competencia , se evite en lo razonablemente posible que esa unidad se convierta en un medio para que la Administración plantee, sin sujetarse a los requisitos estipulados en la Circular C0-529 , consultas al órgano contralor. Obviamente en el presente caso se consideran pertinentes las gestiones realizadas por la Administración ante la Auditoría Interna del Ministerio, así como la consulta que se plantea ante esta Contraloría General, habida cuenta que contempla aspectos sobre los cuales esa unidad no tiene experiencia previa. 3. De conformidad con lo anterior, se dará respuesta a las interrogantes planteadas siguiendo el orden de su exposición en el oficio N° 053-2006/AG. Pregunta N° 1. Ni el artículo 12, inciso e), de la Ley general de control interno, ni las “Directrice ...
Fecha publicación: 10/02/2007
Fecha emisión: 29/01/2007
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Deberes del jerarca y de los titulares subordinados en el sistema de control interno


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales PGA-35 (1004) -2- 6/02/2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 1004 6 de febrero, 2007 FOE-PGA-35 Licenciado Hugo Ramos Gutiérrez Auditor Judicial Poder Judicial Estimado señor: Asunto: Solicitud de aclaración del pronunciamiento de esta Contraloría General contenido en el oficio N° 15235 del 24 de noviembre del 2005. En relación con el oficio N° 873-237-AF-2006, mediante el cual se solicita aclaración del pronunciamiento de esta Contraloría General contenido en oficio N° 15235 del 24 de noviembre del 2005, se indica lo siguiente. De conformidad con las consideraciones expuestas mediante el oficio en el cual se plantea la solicitud bajo examen, esa Auditoría parece considerar necesario que se aclare la procedencia de plantear conflictos ante el órgano contralor al amparo de lo regulado en el numeral 38 de la Ley General de Control Interno, cuando se encuentren referidos a informes o pronunciamientos relativos a las actividades del Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial. Sobre el particular debe indicarse que los términos del pronunciamiento contenido en oficio N° 15235 del 24 de noviembre del 2005, suscrito por la Jefe del anterior Centro de Relaciones para el Fortalecimiento del Control y la Fiscalización Superiores (Cenrel), no se relacionan con el planteamiento de conflictos ante esta Contraloría General, posibilidad a la cual no se refiere el citado pronunciamiento, como tampoco lo hace el oficio N° 936-AUD-2005 del 3 de noviembre del 2005, del cual constituye un acuse recibo. En criterio de esta Contraloría General, el planteamiento de conflictos sobre la aplicación de recomendaciones de esa Auditoría que se encuentren referidas a la actividad del Fondo de Pensiones y Jubilaciones del Poder Judicial, se rige por las previsiones generales contenidas e ...
Fecha publicación: 10/02/2007
Fecha emisión: 26/01/2007
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Planteamiento de conflictos ante la Contraloria General de la Republica


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales PGA-43 -2- 7/02/2007 7 de febrero, 2007 FOE-PGA-43 Licenciado Jimmy Bolaños González Fiscalizador División de Asesoría y Gestión Jurídica Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre proyecto de ley denominado “Acuerdo Entre los Gobiernos de Costa Rica, Republica Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos de América sobre Cooperación Ambiental”, Expediente N° 16.279. En respuesta a su solicitud planteada para que esta Área de Fiscalización se pronuncie sobre el proyecto de ley de referencia, con el propósito de colaborar con la rendición del criterio que ha solicitado el Departamento de Servicios Parlamentarios de la Asamblea Legislativa, se le indica lo siguiente. El proyecto de ley propone el establecimiento de un marco general para promover la cooperación destinada a proteger, mejorar y conservar el ambiente y los recursos naturales de los países suscriptores y para lo cual se establecen las siguientes áreas prioritarias: · Fortalecimiento de los sistemas de gestión ambiental de cada una de las partes así como de los marcos institucionales y legales y la capacidad para desarrollar, implementar, administrar y aplicar la legislación ambiental, así como las regulaciones, normas y políticas ambientales. · Desarrollo y promoción de incentivos y otros mecanismos voluntarios para la protección ambiental. · Fomento de las asociaciones para tratar temas de conservación y gestión, capacitación de personal y creación de capacidades. · Conservación y manejo de especies migratorias compartidas o en peligro de extinción y son objeto de comercio internacional, el manejo de parques marinos y otras áreas protegidas. · Intercambio de información sobre la implementación de acuerdos ambientales multilaterales. · Facilitar el desarrollo de transferencia de ...
Fecha publicación: 10/02/2007
Fecha emisión: 07/02/2007
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Públicos Generales y Ambientales PGA-37 (1015) -2- 06/02/2007 Al contestar refiérase al oficio Nº 1015 06 de febrero, 2007 FOE-PGA-37 Máster Deyanira Bermúdez Calderón Auditora Interna Instituto Costarricense sobre Drogas Estimada señora: Asunto: Respuesta a consultas referidas a la competencia para la aprobación de gastos de viaje al exterior y para la emisión de manuales de procedimiento para las unidades que conforman el Instituto Costarricense sobre Drogas. En atención a sus oficios AI-098-06 y AI-102-06, donde solicita criterio sobre la competencia para la aprobación de gastos de viaje al exterior y para la emisión de manuales de procedimiento para las unidades que conforman el Instituto Costarricense sobre Drogas; se indica lo siguiente. Competencia para la Aprobación de Gastos de Viaje al Exterior. El artículo 31 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos dispone: “Artículo 31º.- Requisitos del acuerdo de viaje. Para que un funcionario tenga derecho a recibir el importe correspondiente a gastos de viaje al exterior, debe existir un acuerdo previo del órgano superior del ente respectivo, en que se autorice el viaje y en donde se señale como mínimo: a) Nombre del funcionario. b) Cargo que desempeña el servidor. c) Países a visitar. d) Período del viaje. e) Objetivos del viaje. f) Monto del adelanto. g) Gastos conexos autorizados” La referida disposición debe interpretarse en relación con el numeral 7 del citado texto reglamentario, modificado mediante resolución de esta Contraloría General N° R-CO-71-2006 del 4 de setiembre de 2006, publicada en La Gaceta N° 184 del Martes 26 de setiembre de 2006, el cual estipula: “Artículo 7°. - Competencia para extender autorizaciones. En el caso de viajes al interior del país, corresponderá dar la ...
Fecha publicación: 10/02/2007
Fecha emisión: 25/01/2007
Institución: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
Tesauro: Requisitos del acuero de viaje al exterior, Competencia para extender autorizaciones, Dependencia organica y regulaciones administrativas aplicables